Llegan las lluvias, y con ellas una pregunta que nos hacemos muy a menudo. ¿Las compañías de seguros cubren los daños sufridos durante las lluvias?

Bien, pues dependerá del tipo de daño, del tipo de contrato y de la intensidad de la tormenta.

El daño más común suele ser las inundaciones en trasteros y locales comerciales, además de las clásicas filtraciones de lluvia en áticos. En estos supuestos el responsable dependerá de la procedencia del agua. Si el agua proviene de un nivel inferior el responsable será el Consorcio de Compensación de Seguros, pero si es a la inversa se puede reclamar a la empresa aseguradora.

El Consorcio es un ente público que cubre algunos daños excepcionales, como pueden ser actos terroristas, tormentas fuertes o terremotos. Sin embargo, son las inundaciones el evento estrella que desata el mayor número de reclamaciones ante este organismo. Casi 600.000 expedientes en 30 años, y un desembolso de más de 5.000 millones de euros. De media, el consorcio abona 8.800 euros por caso.

 

¿Y la lluvia?

En la mayoría de seguros multiriesgo se incluyen cláusulas específica para la filtración de agua por fachadas y cubiertas, y suelen establecer el limite mínimo de precipitación en 40 litros por metro cuadrado/hora.

En el caso de tormentas fuertes se puede pedir una indemnización por perjuicios, supongamos que has tenido que dejar tu hogar para ir a un hotel. También hay coberturas que cubren el coste de la reparación de los daños en la vivienda y de los bienes contenidos. El importe a cubrir dependerá de la cláusula que se haya contratado